Cómo acreditar tu experiencia laboral en Andalucía: certificados profesionales y acreditación de competencias
Si llevas años trabajando en un oficio pero no tienes un título que lo demuestre, puedes conseguir un reconocimiento oficial de tu experiencia. En Andalucía el procedimiento está abierto de forma permanente: ya no hay que esperar a una convocatoria. Te explicamos quién puede solicitarlo, qué documentos necesitas y qué obtienes al final.
Experiencia sin título
Personas que han aprendido un oficio trabajando, como voluntarias o con cursos no oficiales.
Todo el año
Procedimiento abierto de forma permanente, sin convocatorias puntuales.
Acreditación oficial
Válida en toda España y acumulable para un certificado o un título de FP.
Centros sede
Centros de FP autorizados en las ocho provincias andaluzas.
Índice de contenidos
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1. Qué es la acreditación de competencias profesionales
Muchas personas dominan un oficio que aprendieron trabajando: cuidan a personas mayores, regentan un bar, instalan placas solares, gestionan un almacén o atienden a niños en una escuela infantil. Lo saben hacer, pero no tienen un papel oficial que lo demuestre, y eso les cierra puertas en procesos de selección, en oposiciones o en profesiones donde se exige una cualificación.
El procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales sirve precisamente para eso: un equipo de asesores y evaluadores comprueba lo que sabes hacer y, si lo demuestras, la Administración lo reconoce de forma oficial. Hoy está regulado por la Ley Orgánica 3/2022 de Formación Profesional y por el Real Decreto 659/2023, y toma como referencia el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales.
2. Requisitos para participar
| Requisito | Nivel 1 | Niveles 2 y 3 |
|---|---|---|
| Edad mínima | 18 años | 20 años |
| Experiencia laboral (o voluntariado) | 2 años y al menos 1.000 horas trabajadas en los últimos 15 años | 3 años y al menos 2.000 horas trabajadas en los últimos 15 años |
| O bien formación relacionada | 200 horas en los últimos 10 años | 300 horas en los últimos 10 años |
- Nacionalidad o residencia: tener la nacionalidad española o, si eres extranjero, cumplir los requisitos de residencia que fija la normativa.
- Mayores de 25 años sin papeles que lo justifiquen: pueden pedir una inscripción provisional aportando otras pruebas de su experiencia o formación.
- En Andalucía, las personas empadronadas en un municipio andaluz tienen prioridad en la admisión.
El nivel depende de la cualificación: el nivel 1 corresponde a tareas sencillas; el 2, a trabajos cualificados con cierta autonomía (como un ciclo de grado medio); y el 3, a tareas técnicas complejas o de coordinación (como un ciclo de grado superior).
3. El procedimiento paso a paso
- Infórmate y elige la cualificación. Comprueba qué cualificaciones oferta la Junta de Andalucía y cuál encaja con tu experiencia. Puedes pedir orientación en los servicios de empleo o en los centros de FP.
- Solicita la inscripción. En Andalucía la solicitud se dirige a la dirección del centro sede que gestiona tu cualificación y se cumplimenta por Internet en la Secretaría Virtual de los centros de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
- Fase de asesoramiento. Un asesor revisa tu historial profesional y tu documentación, y elabora un informe. Si cree que aún no estás preparado para alguna unidad, te indica qué formación complementaria te conviene y dónde hacerla. El informe no es vinculante: puedes seguir adelante igualmente.
- Fase de evaluación. Una comisión comprueba si demuestras la competencia: puede hacerte una entrevista, pedirte que resuelvas un caso práctico o que realices una tarea real.
- Acreditación y registro. Por cada estándar de competencia superado recibes una acreditación oficial, que se inscribe en el Registro Estatal de Acreditaciones.
- Informe de orientación. Al terminar te indican qué certificados o títulos de FP puedes completar y qué te falta para conseguirlos.
4. Documentación necesaria
Esta es la documentación que se pide habitualmente; el formulario de solicitud detalla la que corresponde a tu caso. Reunirla con tiempo es lo que más agiliza el proceso:
- Trabajadores por cuenta ajena: informe de vida laboral de la Seguridad Social y un certificado de la empresa, o el contrato de trabajo, que detalle el puesto, las funciones y el periodo trabajado.
- Trabajadores autónomos: informe de vida laboral o certificado del periodo de alta en el régimen de autónomos, y una declaración de la actividad desarrollada.
- Voluntariado o becas: certificado de la organización con las actividades realizadas, las fechas y las horas dedicadas.
- Formación no oficial: certificados de los cursos con su contenido, duración en horas y fechas.
- Documento de identidad o de residencia en vigor.
- Historial profesional y formativo (currículum), según el modelo que te indiquen.
5. Qué obtienes y para qué sirve
Cada estándar de competencia que superas se acredita por separado, y las acreditaciones se pueden acumular. La Ley de FP de 2022 organiza la oferta en grados de menor a mayor alcance; así encaja tu acreditación en los principales:
| Grado | Oferta | Cómo encaja tu acreditación |
|---|---|---|
| A | Acreditación parcial de competencia | Lo que recibes por cada estándar superado. |
| C | Certificado profesional (antes, certificado de profesionalidad) | Se obtiene al completar todos los estándares de una cualificación. |
| D | Ciclo formativo (título de Técnico o Técnico Superior) | Las competencias acreditadas se reconocen en los módulos correspondientes; cursas solo lo que falta. |
En la práctica sirve para:
- Trabajar en profesiones que exigen cualificación, como la atención a personas en situación de dependencia.
- Mejorar tu currículum y tu posición en procesos de selección y bolsas de empleo público.
- Ahorrar tiempo si quieres sacar un título de FP, porque no repites lo que ya sabes hacer.
6. De las convocatorias de 2011 al procedimiento abierto
Andalucía empezó a acreditar la experiencia profesional mediante convocatorias anuales. Las primeras normas, publicadas en el BOJA en noviembre de 2011, fueron:
- Orden de 11 de noviembre de 2011, por la que se crea el Registro Andaluz de Certificados de Profesionalidad y Acreditaciones Parciales Acumulables, y se establece el procedimiento para su registro y expedición. Ver en el BOJA.
- Orden de 11 de noviembre de 2011, conjunta de las Consejerías de Educación y de Empleo, por la que se convocó para ese año el procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral o vías no formales de formación. Ver en el BOJA.
Con la Ley Orgánica 3/2022 y el Real Decreto 659/2023, el modelo de convocatorias se sustituyó por un procedimiento abierto de forma permanente. En Andalucía, la Resolución de 11 de enero de 2024 (BOJA núm. 14) fija los centros sede autorizados en cada provincia.
7. Preguntas frecuentes
¿Tiene plazo la solicitud?
El procedimiento está abierto de forma permanente, pero cada año la Junta concreta qué cualificaciones se ofertan en los formularios de solicitud. Consulta la oferta vigente antes de preparar la documentación.
¿Puedo acreditar la experiencia como autónomo o como voluntario?
Sí. La experiencia como autónomo y el voluntariado cuentan, siempre que puedas justificar la actividad, su duración y las horas dedicadas.
¿Y si no supero alguna unidad?
Te quedas con las acreditaciones de las unidades que sí superes, y en el informe final te indican qué formación te falta. Puedes completarla con cursos de FP y volver a solicitar la evaluación.
¿Es lo mismo que un certificado de profesionalidad?
Es una vía para conseguirlo. Los antiguos certificados de profesionalidad se llaman ahora certificados profesionales, y se pueden obtener haciendo la formación o acreditando la experiencia, o combinando ambas.
Información basada en la Ley Orgánica 3/2022, el Real Decreto 659/2023 y la Resolución de 11 de enero de 2024 de la Junta de Andalucía. Los requisitos y la oferta de cualificaciones pueden cambiar; consulta siempre la información oficial de la Junta de Andalucía antes de presentar tu solicitud. Revisado en noviembre de 2026.






